Los refugios de emergencia y personas sin hogar que cuidan de familias con ni–os son elegibles para recibir reembolso de DSS para un m‡ximo de hasta tres comidas al d’a servidas a los ni–os. Es f‡cil reunir las condiciones necesarias: son elegibles todas las instituciones no lucrativas pœblicas y privadas que dan ayuda a ni–os de 12 a–os o menos en situaci—n de riesgo y a sus familias. Esto incluye refugios de familias, refugios de mujeres maltratadas y otras instituciones cuyo objetivo principal es proporcionar refugio temporal a familias con ni–os sinhogar. Las comidas deben seguir las pautas de nutrici—n, pero el seguimiento de registro no es complicado. Comprendemos que los voluntarios dirigen muchos refugios. Incluso las comidas preparadas a partir de alimentos donados, o comida donada por restaurantes, pueden ser elegibles si reœnen ciertos requisitos sobre menœs de comida. Nuestro objetivo es ver que los ni–os que residen temporalmente en refugios reciben una nutrici—n adecuada; es por ello que el programa es flexible para facilitar que los refugios puedan participar. Por favor, ll‡menos al (803) 734-9527 si usted est‡ interesado en recibir pagos por la comida que su refugio ofrece a estos ni–os.
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